Apross implementa la Afiliación Voluntaria Individual, con el objetivo de que cualquier persona, tenga o no antecedentes afiliatorios en nuestra entidad, pueda afiliarse como titular sin la inclusión de familiares, a excepción de hijas o hijos recién nacidos.
En este último caso, la persona progenitora o representante legal, tiene que formalizar la incorporación dentro de los 60 días corridos; contados desde el día inmediato posterior al nacimiento.
¿Cómo ingresar al Régimen de Afiliación Voluntaria Individual?
Formulario de “Solicitud de Afiliación”.
Declaración jurada de salud completa y suscripta tanto por un profesional médico con matrícula habilitada, como por el postulante o su representante legal dando consentimiento y conformidad a la veracidad de los datos informados.
Planillas de “Habilitación progresiva de cobertura médica general” y “Habilitación progresiva de cobertura odontológica“, suscriptas por el o la postulante.
En los casos que se trate de continuidades afiliatorias, la solicitud tiene que ser formalizada dentro de los sesenta (60) días corridos, a contar desde el día inmediato posterior a la última desvinculación y, según los antecedentes afiliatorios, se deberá acompañar la siguiente documentación:
A. Quienes registren una afiliación mínima igual o mayor a un (1) año corrido inmediato anterior a Ia solicitud de la continuidad:
Formulario de “Solicitud de Afiliación”.
Declaración jurada de salud completa y suscripta tanto por un profesional médico con matrícula habilitada, como por el postulante o su representante legal dando consentimiento y conformidad a la veracidad de los datos informados.
B. Quienes carezcan de la afiliación mínima de un (1) año corrido:
Formulario de “Solicitud de Afiliación”.
Declaración jurada de salud completa y suscripta tanto por un profesional médico con matrícula habilitada, como por el postulante o su representante legal dando consentimiento y conformidad a la veracidad de los datos informados.
Planillas de “Habilitación progresiva de cobertura médica general” y “Habilitación progresiva de cobertura odontológica“, suscriptas por el o la postulante.
En el caso de que se trate de un afiliado o afiliada que registre antecedentes de menos de un año corrido anterior a su desvinculación, dicha antigüedad se computará a favor para el cálculo del régimen de habilitación, siempre que entre dichos lapsos no transcurran más de 60 días corridos, puesto que excedido se producirá la caducidad de dicha antigüedad.
Permanencia
A excepción de los supuestos de fallecimiento o de ser incluida o incluido como Afiliado Obligatorio Directo, una vez realizada la incorporación se deberá permanecer durante un periodo mínimo de noventa (90) días corridos a contar desde el día inmediato posterior a su alta o continuidad afiliatoria.
Obligación de Pago
Accediendo a esta afiliación, él o la solicitante asume una obligación de pago indivisible a satisfacer por mes completo y adelantado.
El plazo de pago será del primero (1) al diez (10) del mes en curso y en el supuesto de operar el vencimiento, la mora se producirá en forma automática sin necesidad de interpelación alguna y devengará, hasta el día del pago, un interés cuya tasa será igual a la mayor vigente en el Banco de Córdoba para las operaciones de descuento.
Causales de Bajas Afiliatorias
Solo podrán operar por los siguientes motivos:
Por solicitud del o la Titular: Podrá ser requerida por sí o en representación de su hijo o hija, en cualquier momento del mes sin perjuicio de que el pago del aporte afiliatorio es por mes completo. Una vez solicitada, no podrá ser anulada por ningún medio.
Por mora en el pago: Operará el día siguiente al vencimiento correspondiente al tercer periodo consecutivo impago sin necesidad de intimación y/o notificación previa, produciendo de pleno derecho la caducidad de la afiliación respectiva.
Reincorporación
Operada la baja afiliatoria, podrán reincorporarse solo una vez por año, a contar desde el día inmediato posterior al de la desvinculación, salvo que la misma haya sido por motivos que no le resulten imputables al afiliado o afiliada y siempre que no registren deuda.
Formulario de “Solicitud de Afiliación”.
Declaración jurada de salud completa y suscripta tanto por un profesional médico con matrícula habilitada, como por el o la postulante o su representante legal.
Operada la baja afiliatoria, podrán reincorporarse solo una vez por año, a contar desde el día inmediato posterior al de la desvinculación, salvo que la misma haya sido por motivos que no le resulten imputables al afiliado o afiliada y siempre que no registren deuda.
Para consultas puntuales e inicio del trámite, comunicarse por el correo electrónico a afiliaciones@apross.gov.ar.