El trámite consiste en la afiliación del cónyuge del afiliado titular, que sean beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud u otra obra social nacional, provincial o municipal a la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS).
Esta dirigido al cónyuge del afiliado titular, que sea beneficiario del Sistema Nacional del Seguro de Salud u otra obra social nacional, provincial o municipal.
Se trata de una afiliación a la que se aplica el régimen de restricción inicial y no permanente de prestaciones ni requiere de renovación.
No requiere de renovación.
Los aportes afiliatorios que pudiesen devengarse son a mes completo.
Es requisito contar con Acta Matrimonio.