El trámite consiste en la afiliación de los docentes titulares, interinos y/o suplentes de los establecimientos educacionales privados adscriptos a la enseñanza oficial a la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS).
Dirigido al personal docente titular, interino y/o suplente de los establecimientos educacionales privados adscriptos a la enseñanza oficial, subvencionados total o parcialmente por el Estado Provincial, siempre que no sean beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud u otra obra social nacional, provincial o municipal, o prepaga.
Se trata de una afiliación a la que no se aplica el régimen de restricción inicial y no permanente de prestaciones y sólo es procedente en el supuesto en que el docente no se encuentra incluido en el sistema nacional del seguro de salud.
La afiliación de los docentes privados interinos y/o suplentes quedará sujeta a la renovación toda vez que tome su cargo.
Los aportes afiliatorios son calculados sobre el haber mensual conforme el porcentual establecido por normativa. En caso de no cubrir el aporte mínimo, se deducirá la diferencia respectiva.
Es requisito no poseer otra obra social (situación reflejada mediante Negativa de ANSES), y contar con la Planilla aporte estatal.