El trámite consiste en la afiliación de los hijos del cónyuge o conviviente del titular que sean solteros, mayores de 21 años de edad y hasta los 26 años, que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos a la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS).
Está dirigido a los hijos del cónyuge o conviviente del titular que sean solteros, mayores de 21 años de edad y hasta los 26 años, que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos.
Se trata de una afiliación condicionada a la vigencia de la afiliación de su progenitor, a la que no se aplica el régimen de restricción inicial y no permanente de prestaciones ni requiere de renovación.
Requiere de renovación anual, cada 30/04. Caso contrario, la afiliación continua vigente devengando aportes hasta que el Afiliado Titular la readecue o bien requiera la baja afiliatoria.
Asimismo, una vez alcanzando los 26 años, opera una reclasificación automática y la afiliación continua vigente en el carácter de “Afiliado Voluntario”, devengando aporte adicional, hasta que el Afiliado Titular requiera su desvinculación.
Los aportes afiliatorios que pudiesen devengarse son a mes completo.
Es requisito Libreta de familia, Acta Nacimiento, Certificado de Alumno Regular Extendido por Establecimiento Educativo de Validez Oficial.
Es requisito también no poseer otra obra social (situación reflejada mediante Negativa de ANSES), Libreta de Familia, Partida de nacimiento, Certificado de Alumno Regular Extendido por Establecimiento Educativo de Validez Oficial.