El Directorio de Apross resuelve actualizar el valor del aporte personal mínimo según inciso a) y b) del Articulo 32 de la Ley N 9277, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2024 y con revisión mensual, dejando sin efecto el artículo 5 de la Resolución 0029/19 y la revisión trimestral allí acordada.