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Afiliación Obligatoria

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Afiliación Obligatoria2024-07-31T15:52:51-03:00

Afiliación Obligatoria

Afiliación Directa Obligatoria2023-08-31T22:41:59-03:00

Para quienes se encuentren en el ámbito público provincial, ya sea en situación activa o pasiva, como administración central, ámbito educativo, comunas, municipios, fuerzas de seguridad, salud y judiciales, deben habilitar el alta de su afiliación como titulares, a través del »Portal de Autogestión.

Requisitos de Afiliación
Afiliación Indirecta (Grupo Familiar)2024-03-21T16:15:18-03:00

Las personas con afiliación directa o titulares, pueden incorporar a su cargo a beneficiarios indirectos obligatorios (sin aporte adicional, por ejemplo, hijos/as menores de edad) y a beneficiarios indirectos voluntarios (con aporte adicional, por ejemplo, cónyuge con otra obra social vigente). Los familiares del titular que pueden acceder a este beneficio son:

  • Hijos e hijas del titular.

  • Hijos e hijas de cónyuges, convivientes o contrayentes.

  • Tutelas y guardas judiciales.

  • Cónyuges y/o contrayentes.

  • Ex cónyuges.

  • Convivientes.

  • Nietos y nietas.

  • Hermanos y hermanas a cargo del titular.

  • Padre y madre.

  • Abuelos, abuelas, madrastra, padrastro.

  • Yernos y nueras hasta los 26 años (casados).

Detalle de trámite según el vinculo
Formularios disponibles

Todos los trámites afiliatorios (altas, bajas o renovaciones) se realizan a través del »Portal de Autogestión. De lo contrario la documentación correspondiente, debe ser enviada escaneada y en formato PDF a »afiliaciones@apross.gov.ar.

En el caso de realizar el trámite por la vía de correo electrónico, recordar adjuntar en formato PDF el formulario correspondiente; dependiendo si se trata de un alta, baja o renovación afiliatoria.